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La Importancia del Dictamen de Seguridad Estructural en Tu Escuela [Actualizado 2021]

Después del sismo en la Ciudad de México en septiembre 2017, el  requisito de que todas las instituciones de educación  tengan el Dictamen de Seguridad Estructural actualizado y una copia visible en la entrada del plantel se ha endurecido así como sus consecuencias. 

 

Pero, ¿De Qué Trata Este Dictamen de Seguridad Estructural?

 

 El Dictamen de Seguridad Estructural  es una evaluación ocular sobre la seguridad estructural para evaluar edificaciones existentes, especialmente de aquellas que se encuentran ubicadas en la zona geotécnica III o zona lacustre, caracterizada por suelos blandos, de acuerdo con el Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México.

 

La inspección ocular del inmueble consiste en una revisión del interior y exterior del inmueble con el objeto de evaluar sus condiciones estructurales en todos los elementos estructurales importantes como muros y vigas de carga, trabes de construcción y cualquier elemento que sea importante para la estructura del inmueble.

 

Esta revisión sirve para conocer el grado de riesgo en el que se encuentra la estructura, debiendo recopilar datos técnicos, fotográficos e información sobre antecedentes del entorno de la propia edificación y sus características generales, con el propósito de respaldar los juicios emitidos a los puntos analizados.

 

En las escuelas e inmuebles de varias regiones de México es indispensable evaluar la seguridad estructural de los edificios mediante pruebas de campo, de laboratorio y de cálculo, a fin de cumplir con las normas de construcción que se han modificado debido a los sismos.

 

¿Quién Autoriza un Dictamen Estructural?

 

Este Dictamen de seguridad Estructural  tiene que ir firmado por un corresponsable en Seguridad Estructural o Director Responsable de Obra (DRO) este deberá describir lo siguiente:

 

  • Revisión de las características estructurales 
  • Posibles anomalías
  • Deformaciones 
  • Daños post sísmicos 
  • Asentamientos naturales o afectaciones causadas por el tiempo a todos los edificios del inmueble, así como cubiertas en patios, bardas perimetrales, instalaciones o cualquier elemento que pueda poner en riesgo la integridad física. 

 

Pero,  ¿Qué es un Director Responsable de Obra (DRO)?  El DRO es un profesional independiente certificado, auxiliar de la administración pública, quien es el principal responsable de que se sigan las normas técnicas durante una construcción. Sus funciones principales son las siguientes:

 

1) Suscribir la manifestación o solicitud de licencia de construcción de cualquier nuevo desarrollo.

2) Dirigir y vigilar la obra para asegurarse que cumple con las leyes, reglamentos y normas técnicas aplicables en la materia.

3) Supervisar las diferentes etapas de la obra y asienta su progreso en la bitácora de la obra.

4) Responder de cualquier violación a las disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano y al Reglamento de Construcciones del D.F.

5) Dar su visto bueno para obtener la constancia de terminación de obra.

6) Entregar al propietario o poseedor, una vez concluida la obra, los planos actualizados la bitácora y las memorias de cálculos.

7) Denunciar a la delegación cualquier anomalía detectada durante el proceso de construcción.

 

En la Ciudad de México, existe un registro de DROs, gestionado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI). Para ser DRO se debe acreditar, entre otros:

 

1) Contar con una cédula profesional de arquitecto o ingeniero (civil y/o militar).

2) Contar con por lo menos cinco años de experiencia, particularmente en proyectos de construcción complejos.

3) Contar con el aval por escrito de la asociación profesional que le corresponda (Colegio de Ingenieros o Arquitectos).

4) Demostrar contar con los conocimientos necesarios para el ejercicio de funciones como DRO mediante un examen de conocimientos aplicado por la Comisión reguladora.

 

El DRO debe de resellar su carnet anualmente y refrendar su registro cada tres años. La responsabilidad de carácter administrativo de los DROs termina a los diez años contados a partir de que se expida la autorización de uso y ocupación. El DRO es auxiliado en esta tarea por “Corresponsables”, quienes pueden especializarse en seguridad estructural, diseño urbano y arquitectónico, o instalaciones, y deben de cumplir con requisitos similares de certificación a los de un DRO.

De acuerdo con el Reglamento, el DRO y los Corresponsables que participen en una obra son responsables administrativamente de la misma por hasta 10 años, los cuales empiezan a contar a partir de que se expida la autorización de uso u ocupación del edificio, independientemente de la reparación del daño, y la responsabilidad derivada de procesos civiles o penales por causar situaciones que pongan en peligro la vida de las personas y/o los bienes.

 

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¿Qué Elementos Debe Contener el Dictamen Estructural?

 

Con la obtención de los elementos recabados en la toma de niveles, las evidencias sobre la resistencia del concreto, el armado de refuerzo y las conexiones de acero, así como lo observado en la inspección y la documentación de soporte el  Dictamen deberá contener  como mínimo los siguientes elementos:

 

  1. Datos generales del inmueble
  2. Descripción del inmueble 
  3. Conclusiones y recomendaciones

 

Con base en esta normatividad, para acreditar la seguridad física del inmueble, cada año se emite por parte de la Autoridad Educativa Federal en la ciudad de México (AEFCM) un oficio dirigido a todas las instituciones de educación en CDMX,  a continuación te dejamos un ejemplo:

 

Dictamen Estructural aviso
oficio-escuela-2

 

Como ya leíste en el caso anterior, si eres dueño o estás a cargo de una institución educativa, tienes que presentar este dictamen como fecha límite hasta el 31 de Julio para evitar clausuras y suspensiones de parte de INVEA por no contar con el Dictamen de Seguridad Estructural, este trámite es muy importante para tu institución.

 

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