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¿MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA O LICENCIA AMBIENTAL ÚNICA? 2023

Como dueños de empresas y establecimientos, es importante conocer las obligaciones y responsabilidades que se tienen en materia ambiental, la Manifestación Ambiental Única es un trámite fundamental para ello, este trámite es un instrumento mediante el cual se presenta información sobre las actividades, procesos y emisiones generadas por los establecimientos, como pueden ser industrias o comercios, además, se establecen las medidas necesarias para minimizar su impacto ambiental y, así mismo, evitar Suspensiones o Clausuras que pueden poner en riesgo en buen funcionamiento del establecimiento.


¿QUÉ ES LA MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA (MAU) ANTES LICENCIA AMBIENTAL ÚNICA (LAU)?

La Manifestación Ambiental Única (MAU) antes Licencia Ambiental Única (LAU) en la Ciudad de México es un permiso otorgado por la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA) a las empresas que pueden generar impactos al ambiente, esta manifestación tiene como objetivo regular y controlar el impacto ambiental de las actividades económicas permitiendo:

  • I. Emisiones a la atmósfera;
  • II. Descarga de aguas residuales;
  • III. Generación y manejo de residuos sólidos;
  • IV. Generación de ruido y vibraciones mecánicas y;
  • V. Registro de emisiones y transferencia de contaminantes.

Lo anterior siempre y cuando se cumpla con los requisitos y normativas ambientales vigentes.

MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA (MAU) ¿CÓMO SE DEBE TRAMITAR?

La Licencia Ambiental Única se presentaba de manera presencial, sin embargo, las autoridades mencionaron que han sobrevenido retrasos de hasta varios meses para su obtención, es por ello que el gobierno de la Ciudad de México el 01 de septiembre del 2022 presentó el Plan de Simplificación Administrativa para Establecimientos Mercantiles en el cual se modifican distintos trámites, dentro de ellos se cambia la denominación de la Licencia Ambiental Única, tomando el nombre de Manifestación Ambiental Única y simplificando el trámite de presencial a digital.

MANIFESTACIÓN AMBIENTAL ÚNICA ¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

Los responsables de los establecimientos o instalaciones que generan emisiones contaminantes al medio ambiente de manera constante y permanente tendrán la obligación de registrar y adjuntar toda la documentación necesaria en la Plataforma Digital, en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir del inicio de operaciones del establecimiento, de lo contrario podrán ser sancionados con multa de 50,000 a 100,000 UMA´s  aproximadamente de $5,000,000.00 hasta $10,000,000.00 de pesos por establecimiento.

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