La licencia ambiental Única (LAU) es un instrumento de regulación directa, estas son para establecimientos industriales en materia de prevención y control de la contaminación, que establece condiciones para su operación y funcionamiento integral conforme a la legislación ambiental vigente.
Esta misma permite coordinar en un solo proceso la evaluación, dictamen y seguimiento de las Obligaciones Ambientales de dichos establecimientos en materia de Trámites de Impacto Ambiental.
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¿Quién debe de tramitar la Licencia Ambiental?
Es completamente obligatoria para los establecimientos que cuenten con los productos que están listados en el Art. 129 bis, de la ley de reforma que están por instalarse o iniciar operaciones, de igual manera deben regularizarse por estar operando sin cumplir con algunos trámites ambientales a que están obligados para el efecto.
- Petróleo y Petroquímica;
- Química;
- Pinturas y Tintas;
- Metalúrgica (incluye la siderurgia);
- Automotriz;
- Celulosa y papel;
- Cemento y Cal;
- Asbesto;
- Vidrio;
- Generación de Energía Eléctrica; y
- Tratamiento de Residuos Peligrosos.
Requisitos para tramitar la LAU
- Contar con un Dictamen de Impacto Ambiental,
- Entregar la solicitud correspondiente ante la subsecretaría de medio ambiente de la Secretaría de desarrollo sustentable; y
- Realizar el pago de derechos correspondientes.
Garantía de contar con la LAU
La LAU es la garantía ante el SEMARNAT que esta cumple con todos los permisos, autorizaciones y licencias existentes en materia ambiental, incluye:
- Autorizaciones de impacto ambiental;
- Resolutivo de riesgo;
- Licencia de funcionamiento de fuentes fijas;
- Servicios hidráulicos; y
- Registro como generador de residuos peligrosos.
¿Cada cuándo debe renovarse la LAU?
La licencia Ambiental Única LAU una vez que se emite es de forma definitiva, esta debe de renovarse únicamente cuando ocurre un cambio de giro, o de localización del establecimiento. De igual manera dicha licencia requiere actualización cuando se genera un aumento en producción, ampliación de la planta o por cambio de razón social.
¿Qué consecuencias tendría no hacer ese trámite?
Quedaría sin regular las fuentes fijas de jurisdicción federal del sector hidrocarburo, causando un impacto significativo en la toma de decisiones respecto de las medidas que deben de tomarse para el control en la generación de emisiones a la atmósfera de este sector.
A continuación te presentamos ligas para consultar guías y formatos de pago:
- https://www.gob.mx/tramites/ficha/licencia-ambiental-unica/SEMARNAT261
- http://www.semarnat.gob.mx/sites/default/files/documentos/documentos/tramites/ff/FF-SEMARNAT-033.pdf
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