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Protocolo de Seguridad Sanitaria, Tu Entrada a la Nueva Normalidad.

Para nosotros es sumamente importante hacer de tu conocimiento el acuerdo en el que se menciona que todos los Establecimientos deben de contar con su Protocolo de Seguridad Sanitaria, este acuerdo que se publicó el 14 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación es el Acuerdo por el que se establece una Estrategia para la Reapertura de las Actividades Sociales, Educativas y Económicas, así como un Sistema de Semáforo por Regiones para Evaluar Semanalmente el  Riesgo Epidemiológico, y este mismo va a ser necesario a partir del 01 de junio de 2021 para poder operar.

 

Este acuerdo está dividido en 3 etapas, en estas etapas se indican todos los pasos necesarios para que tu negocio pueda operar en la NUEVA NORMALIDAD.

 

¿Por qué es tan importante el Protocolo Sanitario?

 

Antes que nada debemos de entender ¿Qué es el Protocolo Sanitario?, para así poder entender la importancia del mismo.

 

Protocolo de Seguridad Sanitaria

 

El Protocolo Sanitario está enfocado a evitar la propagación del COVID-19 y garantizar la salud de los trabajadores. Es contar con las medidas de prevención de contagios en el centro laboral mediante la desinfección, higiene y sana distancia, son las medidas que debe de tener tu empresa para prevenir el contagio del COVID-19, tanto para tus empleados como para tus proveedores y clientes.

 

Es de suma importancia que una vez que se tiene el Protocolo Sanitario, lo tengamos aprobado por el IMSS, ya que es la autoridad competente en este caso, y  será quien tenga que aprobar nuestro protocolo.

 

¿Qué pasa si mi Protocolo no está autorizado por el IMSS?

 

Dado que el Seguro Social es quien nos aprueba nuestro protocolo, si nosotros no contamos con la aprobación y comenzamos a operar, corremos el riesgo de una verificación. En donde van a llegar y van a revisar que contemos con nuestro Protocolo, y que este mismo esté aprobado, si no lo está, de acuerdo al comunicado, la sanción puede ser de clausura de la empresa.

 

De igual manera nos pueden clausurar si el Protocolo está Aprobado, pero al momento de la verificación se revisa que se esté llevando a cabo el mismo protocolo, si nosotros no hacemos caso al Protocolo que presentamos, estamos sujetos a una clausura de la empresa.

 

Es por eso que es de suma importancia entender el Acuerdo por el que se establece una Estrategia para la Reapertura de las Actividades Sociales, Educativas y Económicas, así como un Sistema de Semáforo por Regiones para Evaluar Semanalmente el Riesgo Epidemiológico, mismo que como lo comentaba está dividido en 3 etapas, en estas etapas se indican todos los pasos necesarios para que tu negocio pueda operar en la NUEVA NORMALIDAD, y así pueda operar 100% en ley, sin el riesgo de una clausura.

 

En IKTAN CORP te podemos apoyar con la realización y aprobación de tu Protocolo Sanitario ante el IMSS, para que así puedas laborar 100% en regla en esta NUEVA NORMALIDAD.

 

¿Cuáles son las 3 etapas del acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las 5 actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico? 

 

 ETAPA 1 

La etapa número uno dentro de este regreso a las actividades normales o a la nueva normalidad. No hay que confundirlas con las etapas de la pandemia. Ni con todo lo que nos han saturado en los últimos tiempos, pero la etapa número 1 empieza con el regreso a las actividades en los municipios. Esto a partir del pasado 18 de mayo. Aquellos que fueron llamados Municipios de La Esperanza y que se referían a los municipios que no habían presentado ningún caso y que además no tenían dentro de sus colindancias o vecindad con municipios con casos. En realidad, fueron muy pocos los municipios a los que se requería esta instancia, muy pocos entraban en este supuesto

 

 ETAPA 2 

En esta etapa, se nos dice también en este mismo documento el acuerdo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación que las empresas que deseen regresar a la actividad tendrán por fuerza que recurrir a realizar un PROTOCOLO SANITARIO, capacitar a su personal con respecto a este protocolo, realizar una re-adecuación de los espacios y procesos productivos. Y de igual manera que la empresa implemente los siguientes puntos:

  • Filtros de ingreso;
  • Sanitización;
  • Señalamientos de higiene;
  • Lineamientos para el control de visitas, proveedores y contratistas en materia de higiene;
  • Implementación de la Sana Distancia;
  • Uso Obligado de cubre-bocas que sebe asegurarse al ingreso, permanencia y salida del lugar.
  •  
Protocolos de limpieza y desinfección

 

El protocolo también debe de contar con lineamientos que favorezcan las reuniones de trabajo por teléfono o videoconferencia, en caso contrario, deberán documentar mediante evidencia fotográfica:

  • La sana distancia;
  • Higiene respiratoria;
  • Limpieza y desinfección del lugar, mesas, sillas y objetos de uso común, antes y después de cada reunión.

 

También si cuentas con cafeterías o comedores, deberán contar con lineamientos dirigidos al personal de:

  • Caja;
  • Cocina, y
  • Meseros.

 

Sobre traer cabello recogido y utilizar cubrebocas en todo momento.

En esta  ETAPA  también se menciona que se deberán de contar con Protocolos de limpieza y desinfección diaria de áreas, superficies y objetos de contacto y de uso común, que incluya lavar con agua y jabón, y desinfectar con una solución de hipóclorito de sodio al 0.5% u otra certificada para eliminar SARS-COV-2, todas estas medidas de prevención y mas son con las que tiene que contar tu empresa.

 

 ETAPA 3 

Y finalmente, una vez que las empresas logren encontrar este visto bueno por parte de las autoridades correspondientes. De acuerdo al sistema de semáforo se podrá realizar la reapertura de las actividades.

Si queremos regresar a las actividades tendremos la obligación de presentar los protocolos de seguridad sanitaria de acuerdo a todos los lineamientos que ya se mencionaron, y que son parte de lo que dispuso la secretaría de salud, así como la Secretaría de Economía y la de Trabajo y Previsión Social.

 

Aplicación del Protocolo de Seguridad Sanitaria

 

Algo importante es que podemos ir desarrollando varias actividades de manera simultánea. No solamente estamos o estaríamos estancados en la presentación y aplicación de los protocolos, sino también podemos ir viendo todas las medidas de preparación para la entrada a nuestra operación, es decir, de manera simultánea.

 

Sin embargo, a pesar de que eso nos dice la autoridad, sí que podemos hacer todas estas actividades, pues la realidad es que en esta ruta crítica que acabamos de observar es el primer paso o uno de los primeros pasos es obtener la aprobación del protocolo, porque definitivamente ese es el que va a ser la medida con la cual nos van a juzgar, si es que fuera el caso, para poder ver o para poder plantear si estamos trabajando de acuerdo a nuestro propio protocolo.

Aprobación del Protocolo Sanitario

 

Aprobación del Protocolo

 

Nuevamente, se hace mención sobre que hay que establecer todos los protocolos previa autorización.

 

El Seguro Social es la autoridad competente en este caso, será quien tenga que aprobar nuestro protocolo. Y una vez aprobado y por supuesto, si ya estamos hablando de una fecha donde el semáforo nos da la oportunidad de dar inicio o de apertura nuestras operaciones.

 

Pero sí es importante que distingamos que necesariamente debe de haber una aprobación por parte del Seguro Social para esto, nos dicen las autoridades, nos dice el propio Seguro Social, que ellos en un plazo máximo de 72 horas nos darán respuesta sobre si queda aprobado o no, nuestro protocolo.

 

¿Qué quiere decir esto? Pues de entrada hay 72 horas, que son tres días hábiles. 

¿Tiene la obligación el Seguro Social de respondernos antes de 72 horas?  SI

¿Qué pasa si no lo hace? Nada

 

Tenemos que esperar hasta que el Seguro Social nos apruebe, de tal suerte que, si pasan cuatro, cinco o seis días más, tenemos que esperar.

 

Es importante que como empresa valores y razones que, aunque tengamos la presión, aunque de pronto sepamos que nos estamos retrasando porque no podemos empezar. Dado que el Seguro Social no nos ha autorizado y que de pronto puede significar sanciones, que ya necesitas abrir y que no puedes esperar más. Valorar si ese retraso de tres o cuatro días es comparable con el hecho de que, de acuerdo al comunicado, inclusive la sanción pueda ser de clausura de la empresa.

 

¿Tienes Dudas o Necesitas Ayuda?

 

Cualquier duda o aclaración referente al tema de la realización, aprobación, clausura o cualquier medida que deban tomar los establecimientos por su PROTOCOLO SANITARIO, no dudes en ponerte en contacto a nuestro teléfono de atención a clientes (CDMX) 55 69 10 0735 o dejando tus datos en el formulario a continuación.

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