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Qué es INVEA y cómo Influye en Tu Negocio [Actualizado a 2021]

La pandemia ha generado una serie de consecuencias, una de las más visibles es el golpe El INVEA es el Instituto de Verificación Administrativa, que pertenece al gobierno de la Ciudad de México. Es el Organismo encargado de corroborar que los vehículos de transporte, los negocios, inmuebles y construcciones de la ciudad cumplan con las leyes creadas para recibir un mejor servicio y, lo más importante, prevenir actos que pondrían en riesgo tu seguridad y la de tu familia.

El Instituto cuenta con atribuciones para realizar visitas de verificación en las siguientes materiasde acuerdo al Artículo 7 Fracción 1 de la Ley del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal:

  • Preservación del medio ambiente y protección ecológica
  • Anuncios
  • Mobiliario urbano
  • Desarrollo urbano y Uso del suelo
  • Cementerios y Servicios funerarios
  • Turismo y Servicios de alojamiento
  • Transporte público, mercantil y privado de pasajero y de carga.

También se detalla que puede ordenar y ejecutar medidas de seguridad e imponer sanciones y resolver los asuntos administrativos que promuevan.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES QUE PUEDEN SER IMPUESTAS POR PARTE DEL INVEA?

1.- Rescisión de convenios.
2.- Suspensión de los trabajos.
3.- Clausura parcial o total de obra.
4.- Demolición o retiro parcial o total.
5.- Pérdida de los estímulos otorgados.
6.- La intervención administrativa a las empresas.
7.- Revocación del registro de las manifestaciones y de las licencias o permisos otorgados.
8.- Multas que se prevean en los reglamentos correspondientes.
9.- Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas, conmutable por multa. En el caso de falsedad de manifestación de construcción, será inconmutable el arresto.
10.- Cancelación del registro de perito en desarrollo urbano o del director responsable de la obra o corresponsable.
11.- El retiro de los anuncios y sus estructuras.

Para determinar las sanciones se considera: La gravedad de la infracción, las condiciones económicas del infractor y la reincidencia

10 PRINCIPALES CAUSAS POR LAS QUE PUEDEN CLAUSURAR TU NEGOCIO

  1. No disponer de una licencia de funcionamiento o no revalidarla.
  2. No tener una declaración de apertura.
  3. No contar con autorización de protección civil.
  4. No actualizar el Programa Interno de protección civil.
  5. Vender bebidas alcohólicas y productos derivados del tabaco a menores de edad.
  6. Exceder la superficie del establecimiento con el mobiliario.
  7. Ejercer actividades distintas a las autorizadas en la licencia de funcionamiento o declaración de apertura.
  8. No respetar el horario de funcionamiento o no acatar las restricciones de actividades (por ejemplo cuando se establece la «ley seca»).
  9. Cuando se detecten cambios en las condiciones de funcionamiento del local.
  10. Cuando se ponga en peligro el orden público, la salud, la seguridad de las personas o cuando se interfiera con protección civil.
clausura

¿CÓMO ES EL PROCESO DE LA EJECUCIÓN DEL INVEA?

Para la ejecución de la orden que imponga la  suspensión temporal total o parcial de la actividad, como medida cautelar y de seguridad, el Servidor Público Responsable se sujetará a lo siguiente:

  • Deberá identificarse ante el visitado o representante legal o cualquier persona que se encuentre en el establecimiento, mediante credencial vigente.
  • Entregará copia de la orden que contenga la suspensión de actividades
  • Requerirá al visitado, propietario, representante legal o persona con quien entienda ésta, para que designe a dos testigos, conforme al contenido de la orden.
  • Procederá a colocar sellos de suspensión de actividades en el establecimiento de que se trate. Estos sellos contendrán los logotipos que contengan la identidad gráfica del Gobierno de CDMX y de la autoridad competente, y en las materias a que alude la Ley, el logotipo del Instituto y los datos y logotipo de la delegación que impone la suspensión de actividades.
  • Levantará acta en formas numeradas y foliadas
  • El acta deberá ser firmada por el Servidor Público Responsable que ejecute la orden, la persona con quien se entienda la diligencia y los testigos.
  • Al término de la diligencia, dejará una copia del acta a la persona con quien haya entendido la diligencia de suspensión de actividades

¿EN CUÁNTO TIEMPO SE EMITE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA?

Si el visitado no presentó escrito de observaciones, la autoridad competente procederá a dictar, dentro de los diez días hábiles siguientes, resolución fundada y motivada, en la cual calificará el Acta de visita de verificación y fijará las responsabilidades que correspondan; imponiendo, en su caso, las sanciones y medidas de seguridad que procedan en los términos de los ordenamientos legales o reglamentarios aplicables.

¿QUÉ DEBO CUMPLIR PARA EVITAR SER SANCIONADO POR EL INVEA?

Si el visitado no presentó escrito de observaciones, la autoridad competente procederá a dictar, dentro de los diez días hábiles siguientes, resolución fundada y motivada, en la cual calificará el Acta de visita de verificación y fijará las responsabilidades que correspondan; imponiendo, en su caso, las sanciones y medidas de seguridad que procedan en los términos de los ordenamientos legales o reglamentarios aplicables.

  • Certificado de zonificación para Usos de suelo permitidos
  • Usar el local exclusivamente para el giro manifestado en el Aviso.
  • Dictamen de Impacto Urbano y/o Dictamen de impacto Ambiental (en su caso)
  • Contar en su caso con un Programa Interno de Protección Civil (cuando así se requiera y deberá revalidarse cada año). Cuando no requiera de un Programa Interno de Protección Civil, deberá contar, cuando menos, con las siguientes medidas de seguridad:

a) Contar con extintores contra incendios con carga vigente a razón de uno por cada 50 metros cuadrados.
b) Realizar cuando menos un simulacro de manera trimestral.
c) Colocar en un lugar visible al interior del establecimiento, los teléfonos de las autoridades de seguridad pública, protección civil y bomberos.
d) Colocar en un lugar visible, la señalización de las acciones a seguir en caso de emergencias, cuando menos en lo referente a los casos de sismos e incendios.

RECONOCE AL PERSONAL DEL INVEA

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Si el visitado no presentó escrito de observaciones, la autoridad competente procederá a dicEl personal del INVEA además de presentar el gafete a la vista que lo identifica como inspector también lleva uniforme con el logotipo de la Institución y  éste se diferencia por el tipo de verificación a su cargo:

  1. Uniforme beige: Orden emitida por INVEA DF; Preservación del medio ambiente y protección ecológica, anuncios y mobiliario urbano.
  2.  Uniforme azul: Orden emitida por la Delegación; Establecimientos mercantiles, estacionamientos públicos, Protección Civil, Construcción y edificaciones, mercados y abasto, espectáculos públicos, protección de no fumadores.
  3. Uniforme gris: Orden emitida por INVEA DF; Transporte individual concesionado y privado, transporte colectivo, escolar y de carga.

¿COMO CONTACTAR AL INVEA EN CDMX?

Dirección:
Carolina #132 Col. Nochebuena, C.P. 03720, Benito Juárez, CDMX
Correo:
atencion.inveadf@df.gob.mx
Teléfono:
(55) 47 37 77 00 Ext. 1532

Sin duda, lo más importante es cumplir plenamente con la reglamentación. Pero si en algún momento te clausuran, es básico que sepas que procede y lo que debes hacer para reabrir tu negocio lo antes posible.

CLAUSURAS, SUSPENSIÓN Y MULTAS POR EL INVEA

Cuando un verificador haga una visita de revisión a tu negocio, debe tener una orden de verificación específica para tu local. Asegúrate de que ésta sea para tu negocio y para el domicilio donde se ubica. De lo contrario, tienes derecho a negarte a la inspección.
Además, la orden deberá tener fecha y ejecutarse dentro de las 24 horas siguientes al día de su emisión, en día y hora hábil. De no ser así, el verificador está obligado a presentar un documento que lo habilite para hacerla en horario inhábil.
Otro de los requisitos es que el documento señale exactamente el motivo de la visita y el nombre del verificador. En caso de que este no cumpla con los requerimientos, puedes promover juicio de nulidad o juicio de amparo.
Si la suspensión de actividades se debió a la falta de algún trámite, deberás realizarlo ante la delegación o municipio correspondiente para facilitar el proceso. Mientras, se actúa el procedimiento de calificación del acta de verificación. A partir de que ésta se levanta, contarás con 10 días hábiles para hacer observaciones y ofrecer las pruebas que consideres necesarias.
Luego la autoridad fija la fecha de audiencia para la expresión de alegatos y el desahogo de pruebas. Después se emite la resolución correspondiente. Aquí puede haber cuatro escenarios:

  1. La no existencia de infracción
  2. El pago de una sanción económica
  3. La clausura temporal (parcial o total) o permanente
  4. La revocación de licencia de funcionamiento o declaración de apertura.

Las sanciones económicas van de 25 hasta 2,500 días de salario mínimo. En caso de que no estés de acuerdo con la resolución del juicio, puedes promover juicio de nulidad o de amparo.
Así mismo, se ha hecho muy común el violar los sellos de clausura en obras y establecimientos mercantiles y seguir operando de manera ilegal, por lo que se ha promovido imponer castigos severos con cárcel, multas económicas y retiro de licencias a quien quebrante la ley y quite sellos, si requieres ayuda contáctanos y Solicita una Asesoría con un Experto en Clausuras.

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